MARCO LEGAL
- El Decreto Legislativo No. 3398 de 1965 definió el concepto de Defensa Civil como "la parte de la defensa nacional que comprende el conjunto de medidas, disposiciones y órdenes no agresivas tendientes a anular o disminuir los efectos que la acción del enemigo o de la naturaleza, puedan provocar sobre la vida, la moral y los bienes del conglomerado social";
- El Decreto No. 606 del 6 de abril de 1967 creó la Dirección Nacional de la Defensa Civil, bajo dependencia y orientación de la Presidencia de la República;
- El Decreto No. 2341 de 1971 reestructuró la Defensa Civil Colombiana como establecimiento público, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con domicilio en Bogotá, D.E. y jurisdicción en todo el territorio nacional;
- El Decreto No. 1131 del 13 de abril de 2004 aprobó su actual estructura orgánica y las funciones de sus dependencias;
- El Decreto No. 1132 del 13 de abril de 2004 estableció la Planta de Personal;
- El Acuerdo No. 003 del 8 de junio de 2005 aprobó el Estatuto Interno.
A partir de la reestructuración en 1997, su organización horizontal, funcional y moderna, fortalece y agiliza la función operativa y racionaliza la función administrativa. La nueva División Para el Desarrollo del Voluntariado, ha asumido la coordinación para la selección e incorporación, la dirección y ejecución de los programas de motivación, bienestar y desarrollo, de registro y estadística de las organizaciones de voluntarios.
La Escuela de Capacitación "Carlos Lleras Restrepo", dirige y desarrolla los planes de instrucción y capacitación para funcionarios, voluntarios e integrantes de entidades afines, mediante programas presenciales y de capacitación a distancia. A nivel regional es el único instituto de su género y a través de la Asociación Iberoamericana de Organismos Gubernamentales de Defensa y Protección Civil, adelantará programas de cooperación en los ámbitos didáctico y académico, con los países iberoamericanos.
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